Introducción a la Propiedad Horizontal
La propiedad horizontal es un régimen de propiedad especial que regula la coexistencia de múltiples propietarios en un edificio o complejo que comparte espacios comunes. Este sistema se aplica en bloques de apartamentos, comunidades de viviendas, o edificios mixtos. La propiedad horizontal permite que los propietarios tengan derechos exclusivos sobre su unidad privada (apartamento o local) y compartan la titularidad de áreas comunes, como el portal, el ascensor, los pasillos, y otros espacios compartidos.
Elementos Comunes y Privados
Dentro de la propiedad horizontal, es importante entender la diferencia entre los elementos comunes y los privados. Los elementos comunes son aquellos que pertenecen a todos los propietarios, como el jardín, la piscina, o las instalaciones de calefacción. Los elementos privados son los espacios individuales que corresponden a cada propietario, como el apartamento o local comercial.
Cómo se Forma una Comunidad de Propietarios
Una comunidad de propietarios se constituye normalmente por el promotor del edificio oo propietario único en la escritura de división horizontal (título constitutivo) que incluirá (o no) los Estatutos, procediendo posteriormente a la celebración de un Junta constitutiva en la que se elegirá al Presidente, Administrador-Secretario.
Una vez que se ha vendido alguna vivienda, el Presidente designa en la Junta constitutiva puede convocar una primera reunión de la Comunidad.
Junta de Propietarios
La junta de propietarios es el órgano de gobierno de la comunidad. Está compuesta por todos los propietarios y se reúne de manera ordinaria al menos una vez al año para aprobar presupuestos, decidir sobre mejoras, y discutir cualquier tema de interés para la comunidad.
Administrador de la Comunidad
El administrador puede ser un propietario o un profesional externo contratado para llevar la gestión diaria de la comunidad. Sus funciones incluyen la gestión económica y técnica, la conservación del edificio, y la ejecución de los acuerdos de la junta de propietarios.