El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por Enrique Naya: nulidad por abusiva de la cláusula de retención del 50% en caso de incumplimiento.

Hombre escribiendo un papel
 

 

La Sentencia nº791/2026 de 26 de mayo, de la Sala Primera del Tribunal Supremo, recurso 6694/2021, ha estimado el recurso de casación interpuesto por Enrique Naya Abogados. Se anula la cláusula del contrato de compraventa de una vivienda que permitía al promotor retener el 50% de las cantidades entregadas a cuenta por el comprador en el caso de que el comprador incumpliera el contrato.

Revoca la previa Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid y confirma la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia, condenando a la promotora al pago de las costas procesales de la primera instancia y del recurso de apelación.

La Sentencia razona que el promotor vendió la misma vivienda inmediatamente después de dar por resuelto el contrato por precio mayor que el comprometido con el comprador inicial, sin acreditar la existencia de daños y perjuicios derivados del incumplimiento de éste, generando por lo tanto, un enriquecimiento no justificado.

STS 791/2026, de 25 de mayo: cláusula penal abusiva y proporcionalidad de la retención

 

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